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La Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga diseñó una ruta para saber qué hacer en caso de que una personas fallezca en calle.

Foto: Tomada de internet/Prensa Alcaldía de Bucaramanga

En esta ruta, está clara la responsabilidad que tienen los diferentes actores involucrados en todo el proceso y qué se puede hacer en caso de que los requerimientos no sean atendidos en los tiempos proyectados.

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Un fallecimiento en la calle requiere, inicialmente, la presencia de la Policía Nacional. Los uniformados que asisten son quienes definen si es muerte natural o muerte violenta, si es posible, también pueden identificar el cadáver.

Si consideran que es muerte natural y la persona está identificada, se notifica al Sistema de Emergencias Médicas, SEM, que activa la ruta llamando a la Empresa Administradora de Planes de Beneficios, EAPB, correspondiente.

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Si es así, hay dos opciones:

  1. Fallecido afiliado a EAPB: La ruta se activa llamando directamente a la Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Subsidiado, EAPB, responsable de garantizar la emisión del certificado.

La EAPB debe enviar a la IPS domiciliaria contratada, que debe acudir en máximo tres horas al lugar, expedir dicho certificado y entregarlo a la familia.

En caso que el médico domiciliario encuentre signos de violencia, no se expide el certificado, sino que llama a la policía judicial.

Entérese: https://www.bucaramanga.gov.co/noticias/del-1-al-7-de-agosto-celebramos-la-semana-mundial-de-la-lactancia-materna/

2. Fallecido No Afiliado a EAPB: Se activa la ruta llamando al SEM, que envía a la IPS contratada por la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga para que emita el certificado.

La IPS debe acudir en un tiempo máximo de tres horas al lugar, expedir dicho certificado y entregarlo a la familia.

En caso que el médico domiciliario encuentre signos de violencia, no se expide el certificado, sino que llama a la policía judicial.

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Directorio EAPB

¿Y si el cadáver no está identificado?

Si la muerte fue natural, pero el cadáver no está identificado (CNI), se debe notificar al SEM para que envíe a la IPS contratada por la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga, y que sea esta entidad la que emita el certificado.

Asimismo, se envía a la funeraria, también contratada por la Secretaría, para que traslade el cadáver a Medicina Legal y allí sea identificado.

Sólo si hay doliente se entrega el cuerpo a la familia, en caso contrario, se debe expedir un edicto en la oficina de prensa de la Alcaldía de Bucaramanga y luego entregarlo al Cementerio Local.

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Así se hace cuando la muerte es violenta

En este caso, la Policía Nacional debe llamar a la Fiscalía y al CTI, luego del levantamiento; el cadáver se traslada a Medicina Legal, donde es entregado a la familia (si tiene doliente), o al Cementerio Local después del edicto correspondiente si no tiene doliente.

Si la EAPB no llega en el tiempo estipulado, puede poner su queja o reclamo al 607 6520801 o al 607 6337000.

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