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La Secretaría de Salud y Ambiente diseñó la siguiente ruta para solicitar este documento en caso de un fallecimiento en casa.

Foto: Tomada de Internet/Prensa Alcaldía de Bucaramanga

Cuando se trata de muerte natural, la familia o cuidador debe activar la ruta en la que tienen dos opciones:

Lea: https://www.bucaramanga.gov.co/noticias/mas-de-20-cursos-estaran-disponibles-en-agosto-en-los-puntos-digitales/

  1. Fallecido Afiliado a Empresa Administradora de Planes de Beneficios (EAPB): La ruta se activa llamando directamente a la EAPB correspondiente, responsable de garantizar la emisión del certificado.

La EAPB debe enviar la IPS domiciliaria contratada, quien debe acudir en un tiempo máximo de tres horas al lugar, expedir dicho certificado y entregarlo a la familia.

En caso que el médico domiciliario encuentre signos de violencia, no se expide el certificado, sino que llama a la Policía Judicial.

Directorio EAPB

Entérese: https://www.bucaramanga.gov.co/noticias/estos-son-los-servicios-que-puede-encontrar-en-el-came/

2. Fallecido No Afiliado a EAPB: La familia activa la ruta llamando al Sistema de Emergencias Médicas (SEM), que envía a la IPS contratada por la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga para que emita el certificado.

La IPS debe acudir en un tiempo máximo de tres horas al lugar, expedir dicho certificado y entregarlo a la familia.

En caso que el médico domiciliario encuentre signos de violencia, no se expide el certificado, sino que llama a la Policía Judicial.

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