En Colombia existen diferentes categorÃas en las que clasifican a departamentos y municipios de acuerdo a la cantidad de habitantes y los ingresos corrientes de libre destinación, que permite ciertos beneficios frente a la capacidad de endeudamiento.
La ley 617 del 2000, se encarga de la racionalización del gasto público nacional, por tal motivo, define la categorización presupuestal de departamentos y municipios.
A través del decreto N° 0128 del 2022, Bucaramanga ratificó el cambio de primera categorÃa a categorÃa especial para el 2023.
Este cambio se debió a que cumplió con los siguientes requisitos, correspondientes para esta categorÃa:
Su población superó o igualó los quinientos mil habitantes. Los ingresos corrientes de libre destinación anuales superaron los cuatrocientos mil salarios mÃnimos legales mensuales.
Es importante mencionar que el artiÃculo 153 del Decreto Ley 2106 del 2019 que modificó el articulo 6, de la ley 136 de 1994 ratifica los requisitos.
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Además, el valor máximo de los gastos de funcionamiento no pueden superar sus ingresos corrientes de libre destinación. En el caso de los municipios de categorÃa especial, el lÃmite es del 50%.
Estas cifras reflejan que el recaudo de los impuestos se invierte en mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
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