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En Colombia existen diferentes categorías en las que clasifican a departamentos y municipios de acuerdo a la cantidad de habitantes y los ingresos corrientes de libre destinación, que permite ciertos beneficios frente a la capacidad de endeudamiento.

Fotografía: Prensa Alcaldía de Bucaramanga

La ley 617 del 2000, se encarga de la racionalización del gasto público nacional, por tal motivo, define la categorización presupuestal de departamentos y municipios.

A través del decreto N° 0128 del 2022, Bucaramanga ratificó el cambio de primera categoría a categoría especial para el 2023.

Este cambio se debió a que cumplió con los siguientes requisitos, correspondientes para esta categoría:

Su población superó o igualó los quinientos mil habitantes. Los ingresos corrientes de libre destinación anuales superaron los cuatrocientos mil salarios mínimos legales mensuales.

Es importante mencionar que el artiículo 153 del Decreto Ley 2106 del 2019 que modificó el articulo 6, de la ley 136 de 1994 ratifica los requisitos.

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Además, el valor máximo de los gastos de funcionamiento no pueden superar sus ingresos corrientes de libre destinación. En el caso de los municipios de categoría especial, el límite es del 50%.

Estas cifras reflejan que el recaudo de los impuestos se invierte en mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

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