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Más de 11.000 ciudadanos han sido sancionados en Bucaramanga por infringir las medidas sanitarias decretadas ante la pandemia por el Covid-19. 

Fotografía: Suministrada Policía Metropolitana de Bucaramanga.


Audio: José David Cavanzo, secretario del Interior de Bucaramanga 


Si usted es uno de los 11.000 ciudadanos bumangueses que han sido sancionados por evadir el cumplimiento a la medida aislamiento preventivo obligatorio decretada por el Gobierno Nacional, el 24 de marzo pasado, ya puede hacer los trámites para objetar o pagar el comparendo.

De hecho, con la puesta en marcha del Decreto 328 del 16 de julio de 2020, se habilitaron los términos del proceso verbal en referencia a los comparendos impuestos durante la emergencia sanitaria.

Así que con el propósito de atender las solicitudes de la ciudadanía, el servicio presencial de la Inspección de Policía Permanente, ubicada en la Carrera 20 No. 70-55 barrio Nueva Granada de Bucaramanga, se reactivó en horario de 7:00 a.m. a 7:00 p.m., de lunes a sábado.

También se habilitó el correo electrónico comparendoscovid@bucaramanga.gov.co para aquellas personas que pese a que fueron sancionadas, desean objetar la orden de comparendo.

Si le hicieron un comparendo por violar el aislamiento o toque de queda y en la copia de su comparendo la infracción es el artículo 35, numeral segundo, y no está de acuerdo, puede escribir al correo y rendir sus respectivos descargos”, informó el secretario del Interior, José David Cavanzo.

En caso contrario, si usted reconoce la falta y desea adelantar el proceso de cancelación, puede escribir al correo syangulo@bucaramanga.gov.co y solicitar la liquidación correspondiente. Tendrá un descuento por pago oportuno.

¿Qué pasa si no cancela la multa?

  • No podrá ser nombrado o ascendido en cargo público.
  • No podrá obtener o renovar permiso de tenencia o porte de armas.
  • No podrá contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado.
  • Al infractor se le iniciará un proceso de cobro coactivo, según lo dispuesto en la ley.

Por: Daniel Quintero Duarte

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