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Cada elemento de protección debe estar marcado con el nombre, apellido y número de identificación del trabajador.

Fotografía: tomada de internet

 

El nuevo protocolo emitido por el Ministerio de Salud y la Protección Social, mediante la Resolución 738 de 2020, aplica a toda persona que realice actividades de fabricación de componentes y tableros electrónicos, computadoras, equipos de comunicación, aparatos eléctricos de consumo, instrumentos ópticos y equipo fotográfico además de maquinaria y vehículos automotores, entre otros.

Claudia Cuellar, directora (e) de promoción y prevención del Ministerio de Salud explicó que los elementos de protección del rostro y del campo visual deben ser de uso individual y exclusivo, deben marcarse con nombre y apellidos e identificación del operario y guardarse en un espacio de uso individual, además de los elementos de protección personal.

La funcionaria presentó los protocolos de seguridad que deben seguir los trabajadores en fabricación de tableros electrónicos y computadores. “Las medidas hacen referencia a adecuaciones locativas, mantenimiento y desinfección, uso de herramientas de trabajo y elementos de dotación, elementos de protección personal, la manipulación de insumos, productos y residuos», sostuvo la funcionaria.

Asimismo, hizo énfasis en el distanciamiento físico y, de no ser posible, separar los puestos de trabajo, limitar el número de operadores en la estación manteniendo dos metros entre personas.

En cuanto a la desinfección de la planta, esta se debe realizar como mínimo en cada cambio de turno, eliminar el acceso a máquinas dispensadoras de alimentos y café en los que el trabajador tenga el reflejo de quitarse el tapabocas o sus elementos de protección.

La resolución establece que no debe haber contacto físico entre los trabajadores que manipulen materias primas o insumos, para evitarlo, el material debe ser dejado en el punto de trabajo o mesa para ser recogido por el operador responsable del siguiente proceso, y los documentos recibidos en los descargues deben dejarse en un espacio indicado, evitando contacto entre quien lo entrega y quien lo recibe.

Por su parte, los operadores de montacargas, elevadores, gatos hidráulicos deben respetar la regla de distanciamiento y deberán realizar el lavado de manos cada tres horas.

 

Por: Édgar A. Sánchez / Información tomada del Ministerio de salud y Protección Social

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