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Conozca los artículos que entran en la lista, cantidades y montos máximos para comprar sin el 19% del IVA, durante los días 19 de junio, 3 y 19 de julio próximo.

Fotografía: tomada de diariojuridico.com / Prensa Alcaldía de Bucaramanga

¡Bumangueses! Según el Decreto 682 del 21 de mayo de 2020, expedido por la Presidencia de la República, estos son los artículos que pueden adquirir en la categoría ‘Electrodomésticos’ sin el cobro del 19% correspondiente al impuesto del IVA:

  • Televisores
  • Parlantes de uso doméstico
  • Tabletas
  • Refrigeradores
  • Congeladores
  • Lavaplatos eléctricos
  • Máquinas de lavar y secar para el hogar
  • Aspiradoras
  • Enceradoras de piso
  • Trituradores eléctricos de desperdicios
  • Aparatos eléctricos para preparar y elaborar alimentos
  • Máquinas de afeitar eléctricas
  • Cepillos de dientes eléctricos
  • Calentadores de agua eléctricos
  • Secadores eléctricos
  • Planchas eléctricas
  • Calentadores de ambiente
  • Ventiladores de uso doméstico
  • Aires acondicionados
  • Hornos eléctricos
  • Hornos microondas
  • Planchas para cocinar
  • Tostadores
  • Cafeteras o teteras eléctricas
  • Resistencias eléctricas para calefacción
  • Computadores personales y equipos de comunicaciones

Cabe destacar que solo se pueden comprar hasta tres unidades, por fecha, y el precio de venta por unidad debe ser igual o inferior a $2 millones 848.560. Esta iniciativa de exención tributaria del Gobierno Nacional NO aplica para pago en efectivo, solo se aceptará tarjetas débito, crédito y otros mecanismos de pago electrónico.

 

Por: Joselyn Osorio Fonseca – Con información del Decreto 682 de 2020

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