Dentro de las acciones para mitigar la problemática que se presenta en Bucaramanga con la emisión de los certificados de defunción, la Secretaría de Salud y Ambiente diseñó una ruta dirigida a las personas fallecidas en calle.
Asimismo, definimos la responsabilidad que tienen los diferentes actores involucrados en todo el proceso y qué se puede hacer en caso de no ser atendidos los requerimientos en los tiempos proyectados.
Ruta de emisión de certificados de defunción a personas fallecidas en calle
Un fallecimiento en la calle requiere, inicialmente, la presencia de la Policía Nacional. Los uniformados que asisten son quienes definen si es muerte natural o muerte violenta, también pueden identificar el cadáver, si es posible.
Si es muerte natural y la persona está identificada, se notifica al Sistema de Emergencias Médicas, SEM, que activa la ruta llamando a la Empresa Administradora de Planes de Beneficios, EAPB, correspondiente:
En este caso también hay dos opciones:
· Fallecido Afiliado a EAPB: La ruta se activa llamando directamente a la EAPB correspondiente, responsable de garantizar la emisión del certificado.
La EAPB debe enviar la IPS domiciliaria contratada, que debe acudir en máximo 3 horas al lugar, expedir dicho certificado y entregarlo a la familia.
En caso que el médico domiciliario encuentre signos de violencia, no se expide el certificado, sino que llama a la policía.
· Fallecido No Afiliado a EAPB: La familia activa la ruta llamando al SEM que envía a la IPS contratada por la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga para que emita el certificado.
La IPS debe acudir en un tiempo máximo de 3 horas al lugar, expedir dicho certificado y entregarlo a la familia.
En caso que el médico domiciliario encuentre signos de violencia, no se expide el certificado, sino que llama a la policía judicial (se anexa directorio).
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¿Qué pasa si el cadáver no está identificado?
Cuando la muerte es natural, pero el cadáver no está identificado (CNI), se notifica al SEM para que envíe a la IPS contratada por la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga, y que esta emita el certificado.
Además, envía a la funeraria, también contratada por la Secretaría, para que traslade el cadáver a Medicina Legal y allí sea identificado.
Si hay doliente, se entrega el cuerpo a la familia, pero si no hay doliente, se debe expedir un edicto en la oficina de prensa de la Alcaldía de Bucaramanga y luego entregarlo al Cementerio Local.
Esto se hace cuando la muerte es violenta
En caso que la muerte sea violenta, la Policía Nacional debe llamar a la Fiscalía y al CTI, posterior al levantamiento, el cadáver se traslada a Medicina Legal, allí es entregado a la familia (si tiene doliente), o al Cementerio Local después del edicto correspondiente si no tiene doliente.
Si la EAPB no llega en el tiempo estipulado, puede poner su queja o reclamo al 607 6520801 o al 607 6337000.
Por: Darlin Ramírez Leiva