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Dentro de las acciones para mitigar la problemática que se presenta en Bucaramanga con la emisión de los certificados de defunción, la Secretaría de Salud y Ambiente diseñó una ruta dirigida a las personas fallecidas en calle.

Asimismo, definimos la responsabilidad que tienen los diferentes actores involucrados en todo el proceso y qué se puede hacer en caso de no ser atendidos los requerimientos en los tiempos proyectados.

Ruta de emisión de certificados de defunción a personas fallecidas en calle

Un fallecimiento en la calle requiere, inicialmente, la presencia de la Policía Nacional. Los uniformados que asisten son quienes definen si es muerte natural o muerte violenta, también pueden identificar el cadáver, si es posible.

Si es muerte natural y la persona está identificada, se notifica al Sistema de Emergencias Médicas, SEM, que activa la ruta llamando a la Empresa Administradora de Planes de Beneficios, EAPB, correspondiente:

En este caso también hay dos opciones:

· Fallecido Afiliado a EAPB: La ruta se activa llamando directamente a la EAPB correspondiente, responsable de garantizar la emisión del certificado.

La EAPB debe enviar la IPS domiciliaria contratada, que debe acudir en máximo 3 horas al lugar, expedir dicho certificado y entregarlo a la familia.

En caso que el médico domiciliario encuentre signos de violencia, no se expide el certificado, sino que llama a la policía.

· Fallecido No Afiliado a EAPB: La familia activa la ruta llamando al SEM que envía a la IPS contratada por la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga para que emita el certificado.

La IPS debe acudir en un tiempo máximo de 3 horas al lugar, expedir dicho certificado y entregarlo a la familia.

En caso que el médico domiciliario encuentre signos de violencia, no se expide el certificado, sino que llama a la policía judicial (se anexa directorio).

Leer también: Estas son las líneas de atención del Sistema de Emergencias Médicas

¿Qué pasa si el cadáver no está identificado?

Cuando la muerte es natural, pero el cadáver no está identificado (CNI), se notifica al SEM para que envíe a la IPS contratada por la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga, y que esta emita el certificado.

Además, envía a la funeraria, también contratada por la Secretaría, para que traslade el cadáver a Medicina Legal y allí sea identificado.

Si hay doliente, se entrega el cuerpo a la familia, pero si no hay doliente, se debe expedir un edicto en la oficina de prensa de la Alcaldía de Bucaramanga y luego entregarlo al Cementerio Local.

Esto se hace cuando la muerte es violenta

En caso que la muerte sea violenta, la Policía Nacional debe llamar a la Fiscalía y al CTI, posterior al levantamiento, el cadáver se traslada a Medicina Legal, allí es entregado a la familia (si tiene doliente), o al Cementerio Local después del edicto correspondiente si no tiene doliente.

Si la EAPB no llega en el tiempo estipulado, puede poner su queja o reclamo al 607 6520801 o al 607 6337000.

Por: Darlin Ramírez Leiva

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