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Cabe aclarar que los vencimientos para declarar las retenciones de abril arrancaron el pasado viernes y van hasta el 22 de mayo próximo, según el último dígito del NIT.

Fotografía: archivo / Prensa Alcaldía de Bucaramanga

¡Agentes retenedores! Recuerden que la fecha límite para presentar la declaración y pago de retenciones en la fuente de ICA efectuadas en marzo pasado en Bucaramanga es el 29 de mayo próximo (independientemente del último dígito del NIT), tal como se establece en la Resolución 1135 de 2020.

Ahora bien, las retenciones correspondientes a abril pasado se deben declarar y pagar antes de dicha fecha; el periodo de vencimientos arrancó este viernes, y va hasta el 22 de mayo próximo, según el último dígito del NIT del agente retenedor. Estas son las fechas límite vigentes:

Si el último dígito es: Mes de abril de 2020
4, 5, 6 20 de mayo de 2020
7, 8, 9, 0 22 de mayo de 2020

Cabe destacar que pueden realizar este trámite de manera virtual, a través del portal para la elaboración de la declaración tributaria. Les explicamos el paso a paso del proceso a seguir a través de esta intuitiva plataforma:

*Para registrarse:

 

  1. Dar clic AQUÍ para acceder al portal de la elaboración de la declaración tributaria; de lo contrario, hagan lo siguiente:

Ingrese a www.bucaramanga.gov.co y haga clic sobre el botón “Realice su declaración de Industria y Comercio / RETEICA”, para ser redireccionado a la ventana de Información Tributaria. Una vez allí, vaya al botón Transacciones en línea ubicado al final de la página; este le desplegará seis opciones. Elija la que dice Declaración Industria y Comercio/ Reteica/ Recibo de pago, de inmediato se abrirá una pestaña nueva.

  1. Inicie su proceso de registro en el portal para la elaboración de la declaración tributaria al digitar su número de cédula de ciudadanía/ extranjería o NIT, contestar correctamente dos preguntas de seguridad, e ingresar el mismo correo electrónico registrado en la base de datos de contribuyentes.

Recibirá un mensaje en su correo con el asunto ‘Confirmación de Registro Alcaldía de Bucaramanga’. Tan pronto abra el enlace que contiene para validar e ingresar a su cuenta, recibirá un nuevo mensaje con los datos de acceso al portal.

 

*Para iniciar sesión: 

  1. Repita el paso 1 que siguió para registrarse en el portal.

 

  1. Digite su número de documento y la contraseña suministrada por la Secretaría de Hacienda de Bucaramanga, para iniciar sesión.

 

  1. Una vez entre a su cuenta, dé clic en los botones Declarar RETEICA > Nueva Retención > Estoy de acuerdo. Diligencie su formulario de retención en la fuente de Industria y Comercio, y al final de la página guarde la información consignada.

 

  1. Por último, seleccione en el filtro de búsqueda su declaración correspondiente a marzo o abril de 2020 (en este caso) y haga clic sobre el ícono de impresora para la descarga del formulario en formato PDF.

Recuerde utilizar una impresa láser para la correcta lectura del código de barras, y firmar la declaración (representante legal, revisor fiscal o contador público).

Una vez elaborada en línea (no en físico), impresa y firmada la declaración, el agente de retención debe llevarla a cualquiera de las siguientes entidades financieras, y presentarla allí con pago –respetando siempre la medida de ‘Pico y Cédula’–.

*Banco AV Villas

*Banco BBVA

*Banco Bogotá

*Banco Caja Social

*Banco Colpatria

*Banco Coopcentral

*Banco Davivienda

*Banco de Occidente

*Banco Pichincha

*Banco Sudameris

*Banco Itaú

*Bancoomeva

*Financiera Comultrasan

Cabe destacar que en los próximos días la Alcaldía de Bucaramanga habilitará un botón de pago en su página web, para facilitar la realización de este trámite de manera virtual.

Si la declaración no tiene retenciones durante el mes, es decir se encuentra en cero, debe enviarla escaneada (firmada) a través del módulo PQRSD (Registrar solicitud> Petición general) de la página web de la Alcaldía; recuerde guardar la declaración original, pues será requerida una vez sea levantada la emergencia sanitaria.

 


INGRESE AQUÍ AL MÓDULO PQRSD


Por: Joselyn Osorio Fonseca

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