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El mayor sueño de una persona que tiene la intensión de contar con vivienda propia es tener todo en regla para poder construirla o modificarla cómo así lo requiera, aquí le contamos los requisitos y beneficios de tener el acto de reconocimiento de su vivienda.

Fotografía: Prensa Alcaldía de Bucaramanga

La administración del alcalde Juan Carlos Cárdenas le ha dado el acto de reconocimiento a más de 80 viviendas (en los barrios recién legalizados), pero para esto sus propietarios debieron seguir todo un proceso.

En primer lugar, el trámite de reconocimiento de la existencia de la edificación es adelantado por la Curaduría Cero adscrita a la Secretaría de Planeación del municipio, quienes son los encargados de reconocer las viviendas que fueron construidas sin obtener licencias en los barrios que han sido objeto de legalización urbanística por el municipio.

Requisitos

Para los propietarios que estén interesados en acceder al beneficio del reconocimiento que es totalmente gratuito, deberán radicar la solicitud con los siguientes documentos:

  1. Formulario Único Nacional para la solicitud de licencias, adaptado mediante la Resolución 0463 del 13 de julio de 2017.
  2. Copia del Certificado de Libertad y Tradición del inmueble, con fecha de expedición no mayor a 30 días.
  3. Copia del documento de identidad del solicitante.
  4. Si se actúa mediante apoderado o mandatario, aportar poder o autorización debidamente ante notario.
  5. Copia del documento o declaración privada del impuesto predial del último año (vigente)
  6. Declaración rendida bajo la gravedad de juramento, donde se indique que la edificación objeto de reconocimiento concluyó como mínimo el 18 de julio de 2012.
  7. Copia simple de la Escritura Pública del inmueble.

Lea también: https://www.bucaramanga.gov.co/noticias/40-anos-esperaron-en-el-rosal-por-la-legalizacion/

Además de los requisitos anteriores, también podrán presentarlo con los siguientes estudios técnicos:

  1. Plano de levantamiento arquitectónico de la construcción.
  2. Peritaje técnico estructural. Debidamente firmados y avalados por profesionales y certificados, quién será el responsable de la veracidad de la información.

Cabe destacar que existen dos formas en las que el beneficiario del reconocimiento puede radicar la solicitud:

  1. Aportando todos los requisitos completos para que el equipo técnico y jurídico de la Curaduría Cero realice todo el procedimiento, haga la visita para el levantamiento de los planos correspondientes.
  2. Aportando todos los documentos solicitados, incluidos los planos.

¿Cómo es el trámite?

  1. Se hace la verificación jurídica de los documentos aportados y subsanación de documentos (si hay lugar a ellos)
  2. Visita de campo por parte del equipo técnico de la Curaduría Cero (dibujantes, ingenieros y arquitectos)
  3. Realización de planos arquitectónicos / planos estructurales.
  4. Acta de observaciones (si hay lugar a ello)
  5. Expedición del Acto Administrativo
  6. Entrega de acto de reconocimiento o resolución que funciona como licencia urbanística y planos respectivos.

Ver video: Líder 3 CARLOS CAMARGO CHARLIE

Es  importante resaltar que este trámite no tiene ningún costo para el solicitante, además de que obtendrá los siguientes beneficios:

  1. Legalización de la vivienda, pasa de estar registrado solamente el lote en el folio de matrícula a registrarse la edificación objeto de reconocimiento.
  2. Acceso a servicios públicos del predio.
  3. Valorización del predio.
  4. Documento base para adelantar el trámite de Reglamento de Propiedad Horizontal ante las curadurías urbanas.

Sí está interesado en conocer más sobre el trámite de reconocimiento de la existencia de edificaciones, acércate al cuarto piso de la Fase I, de la Alcaldía de Bucaramanga.

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