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Bucaramanga, 15 de enero de 2024.  Desde el año 2019, los contribuyentes de las zonas catastrales 2, 4 y 5 han tenido que vivir con la incertidumbre del pago de un impuesto que se suspendió provisionalmente pero que hoy el Consejo de Estado finalmente obliga a cumplirlo a partir del primero de enero de 2024.

Línea de Tiempo

Todo comenzó el 19 de diciembre de 2018 cuando se profiere la Resolución 68- 0000-052 de 2018 mediante la cual se autoriza el catastro de los sectores 2, 4 y 5 de Bucaramanga con vigencia a partir del primero de enero de 2019. 

Sin embargo, el 28 de enero de 2019, y para no hacer efectivo el cobro, la Administración de la época expidió un proyecto de Acuerdo con un descuento tributario respecto del Impuesto Predial Unificado (IPU) en los sectores 2, 4 y 5 del 30% si el pago se hacía hasta el 28 de febrero de 2019; y el 20%, si el pago se hacía hasta el 29 de marzo 2019.

Pero el 27 de febrero de ese mismo año, el Tribunal Administrativo de Santander, suspendió provisionalmente los efectos de la Resolución 68-0000-052 de 2018, por lo que la liquidación no se aplicó. 

Finalmente, y para acabar con este vaivén de suspensiones y revocatorias, el Honorable Consejo de Estado revocó el 27 de junio de 2023, la suspensión dictada por el Tribunal Administrativo y ordenó que se utilice a partir del primero de enero de 2024 la base gravable actualizada en el año 2019. 

Hoy, mediante esa ley tenemos la obligación de acatar la orden del Honorable Consejo de Estado donde nos exige la actualización catastral para los sectores 2, 4 y 5.  

La medida conlleva a que el aumento en la liquidación del IPU del año 2024, con respecto al año 2023 se eleve considerablemente con respecto a los otros sectores, es decir 1, 3, 6, 7, 8 y 9 que se encuentran actualizados para esta vigencia.

En términos normales, el aumento en la liquidación para el año 2024 del IPU se encuentra sujeto a los limites legales respecto del monto liquidado en el año 

inmediatamente anterior, es decir, el 2023.  En otras palabras, para hallar el aumento máximo para el 2024 se debe partir de la liquidación realizada en el año 2023.

Para evitar que no se origine una vulneración del principio de equidad tributaria, hemos analizado las medidas que se pueden establecer para mitigar el mayor valor del aumento en los sectores 2, 4 y 5. 

¿Qué se va a hacer?

Primero se debe señalar que para el año 2023, del descuento de pronto pago del IPU fue del 10% hasta el 31 de enero y el 5% hasta el 28 de febrero de 2023 y se aplicó para todos los sectores catastrales.

Es por eso por lo que, el Proyecto de Acuerdo que presentaré mañana al Concejo de la ciudad propone un descuento por pronto pago para los sectores 2, 4 y 5 del 15% hasta el 31 de marzo de 2024 y para los demás sectores será el 10% hasta la misma fecha.

De esta manera se pretende ajustar la mayor diferencia porcentual en el aumento del IPU que tendrá los sectores 2, 4 y 5 y para así evitar que se vulnere el principio de equidad tributaria.

Estos alivios tributarios han sido pensados teniendo en cuenta que las medidas no afecten las finanzas del municipio.

Según el análisis realizado por la Secretaría de Hacienda, el descuento no afecta la suma fijada como recaudo por el IPU en el marco fiscal de mediano plazo para el 2024, la cual ronda los $187.000 millones de pesos.

Es decir que el Proyecto de Acuerdo que presentaré al Concejo es un alivio para el contribuyente y para nada afecta ni pone en riesgo las Finanzas del Municipio.

Invito al concejo de Bucaramanga para tener en cuenta este proyecto de acuerdo, que beneficiará a los sectores anteriormente mencionados.

Con la confianza que los bumanguese han depositado en mí, cuidaré con celo esta contribución para ejecutarlo como debe ser:  En las causas sociales, en defender la ciudad y en hacerla más segura para el bienestar de todos. 

“Si a Bucaramanga le va bien, a todos nos va bien”

Área de Prensa y Comunicaciones

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