Alcalde Cristian Fernando Portilla Pérez expide el Decreto 0029 para fortalecer la gestión integral de residuos sólidos voluminosos y proteger el espacio público.

Con fundamento en la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, la Ley 1801 de 2016 y el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, la Alcaldía de Bucaramanga expidió el Decreto Municipal 0029 de 2025. Mediante el cual se dictan medidas específicas para la gestión integral de residuos sólidos voluminosos y se adoptan acciones contundentes para la protección del espacio público en el municipio.

El alcalde Cristian Fernando Portilla fue enfático al señalar que esta decisión responde a la necesidad urgente de reducir puntos críticos de disposición inadecuada. Así como prevenir riesgos sanitarios y ambientales, y garantizar una prestación eficiente del servicio público de aseo.

“En Bucaramanga no vamos a permitir que colchones, muebles, llantas o escombros sigan invadiendo el espacio público. Este Decreto establece reglas claras, responsabilidades precisas y sanciones contundentes. Aquí protegemos el ambiente, la salud pública y la dignidad de nuestra ciudad”. Afirmó el mandatario.

¿Qué regula el Decreto 0029 del espacio público?

1. Definición de residuos voluminosos

Para lo anterior, se consideran residuos voluminosos aquellos que, por su tamaño, peso o características físicas, no pueden ser recolectados mediante el servicio ordinario de aseo. Especialmente a través de vehículos compactadores.

Ejemplos: colchones, camas, muebles, llantas, partes de vehículos, escombros, entre otros.

2. Obligación de separación en la fuente

Los generadores —hogares, comercios y establecimientos— deberán.

-Separar los residuos voluminosos de los residuos orgánicos y ordinarios.
-No mezclarlos con la basura común.
-Evitar depositarlos en cestas públicas ni contenedores de pequeña escala.
-No abandonarlos en vías, separadores, zonas verdes, rondas hídricas ni parques.

Esta medida se articula con el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) del municipio y el principio de responsabilidad ciudadana establecido en la Ley 1801 de 2016.

3. Protocolo especial de recolección

El Decreto establece dos modalidades:

• Solicitud bajo demanda:

El ciudadano debe contactar a la empresa prestadora del servicio público de aseo o a un gestor autorizado para programar la recolección puerta a puerta.

• Transporte especializado:

Solo podrá realizarse en vehículos tipo planchón, estacas o volquetas con aseguramiento de carga.

Se prohíbe el transporte en vehículos no aptos o de tracción humana para este tipo de residuos.

El costo será asumido por el generador, conforme a la regulación de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), salvo jornadas especiales gratuitas decretadas por la Alcaldía.

En video: Se firmó el Decreto 0029 por la protección del espacio público

Responsabilidad ciudadana

4. Obligaciones para establecimientos comerciales

Talleres mecánicos, almacenes y demás establecimientos que generen residuos voluminosos deberán:

Certificar que entregaron los residuos a un gestor autorizado.

Presentar actas, manifiestos de transporte o certificados de disposición final.

También, exhibir la documentación cuando sea requerida por la autoridad competente.

La Secretaría de Salud y Ambiente verificará el cumplimiento y podrá iniciar actuaciones administrativas en caso de inconsistencias.

5. Restricción al transporte informal

Solo podrán transportar residuos:

La empresa habilitada del servicio público de aseo.

Gestores autorizados conforme a la normativa ambiental vigente.

Organizaciones o personas inscritas cuando la norma lo permita.

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Régimen sancionatorio

El incumplimiento dará lugar a medidas correctivas conforme a la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana), entre ellas:

Multas económicas.

Suspensión temporal de actividades comerciales en caso de reincidencia.

Aplicación del procedimiento verbal inmediato o abreviado.

Posibles responsabilidades adicionales por desacato u otras infracciones concurrentes.

Impacto ambiental y urbano

El Decreto 0029 del espacio público se enmarca en:

El principio de rigor subsidiario ambiental.

El principio de precaución.

La política nacional de economía circular.

El fortalecimiento del modelo “Basura Cero”.

Con esta medida se busca:

Reducir la presión sobre el relleno sanitario.

Disminuir puntos críticos de acumulación clandestina.

Mejorar la seguridad vial.

Prevenir vectores y riesgos sanitarios.

Recuperar y dignificar el espacio público.

Vigencia del Decreto 0029

El Decreto rige a partir de su publicación y por lo anterior, será acompañado por la implementación de un Protocolo Municipal de Manejo de Residuos Voluminosos. Que orientará pedagógicamente a la ciudadanía sobre separación, disposición y recolección adecuada.

La Alcaldía de Bucaramanga reitera que la gestión integral de residuos no es solo una obligación institucional, sino un compromiso compartido con la ciudad, el ambiente y las futuras generaciones.

¡Unidos Defendamos a Bucaramanga!

Oficina de Prensa.

Alcaldía de Bucaramanga