Primer plazo para declarar industria y comercio en Bucaramanga vence el 13 de febrero
Los contribuyentes del impuesto de industria y comercio, servicios, avisos y tableros, cuyo último dígito de la cédula de ciudadanía/ extranjería o NIT termina en 1, tienen plazo para declarar el año gravable 2017 hasta esta fecha.

Fotografía: Jennifer García / Prensa Alcaldía de Bucaramanga
Olga Patricia Chacón – Secretaria de Hacienda de Bucaramanga
El periodo de vencimiento de los plazos para declarar lo correspondiente a la vigencia 2017 está comprendido entre el 13 de febrero y 16 de marzo próximo, de acuerdo a la Resolución No. 1700 del 1 de diciembre de 2017.
Teniendo en cuenta el último dígito de la cédula o Número de Identificación Tributaria, NIT (antes del de verificación) de los contribuyentes, deben presentar la declaración tributaria durante las siguientes fechas:
Último digito del NIT o Cédula | Hasta el día |
1 | Febrero 13 de 2018 |
2 | Febrero 16 de 2018 |
3 | Febrero 20 de 2018 |
4 | Febrero 23 de 2018 |
5 | Febrero 27 de 2018 |
6 | Marzo 1 de 2018 |
7 | Marzo 6 de 2018 |
8 | Marzo 9 de 2018 |
9 | Marzo 13 de 2018 |
0 | Marzo 16 de 2018 |
La secretaria de Hacienda de Bucaramanga, Olga Patricia Chacón Arias, señaló que los contribuyentes se deben acercar a las instalaciones de la Alcaldía con el nuevo formulario diligenciado, que puede descargar a través de la página web www.bucaramanga.gov.co.
“Posterior a la presentación, los contribuyentes pueden hacer un solo pago en el cual se le hará un descuento por pronto pago antes del 31 de marzo, o acogerse a los tres plazos que la Alcaldía tiene definidos para hacer el pago”, destacó la funcionaria.
En ese sentido, si los contribuyentes deciden cancelar en tres cuotas el pago del impuesto de industria y comercio de la vigencia 2017, estas tendrán las siguientes fechas de vencimiento:
PRIMERA CUOTA | Marzo 23 de 2018 |
SEGUNDA CUOTA | Junio 29 de 2018 |
TERCERA CUOTA | Septiembre 28 de 2018 |
Por: Joselyn Osorio Fonseca