Lo que usted debe saber ante las elecciones de este 11 de marzo
El Gobierno de los Ciudadanos le presenta las medidas adoptadas para preservar el orden público ante los comicios legislativos que se realizan este fin de semana.

Fotografía: Jennifer García Rodríguez/ Prensa Alcaldía de Bucaramanga
Cabe recordar que 499.506 personas están habilitadas para votar en Bucaramanga y se dispusieron 1.450 mesas en las diferentes comunas y corregimientos. Se elegirán a los Senadores de la República y Representantes a la Cámara para el periodo 2018 – 2022.
- Se prohíbe el porte de todo tipo de armas, contundentes, corto contundentes, corto punzantes, punzantes, y similares que puedan causar lesiones a la vida e integridad de las personas, desde las 6:00 a.m. del viernes 9 de marzo y hasta 6:00 a.m. del miércoles 14 de marzo.
- Se prohíbe la venta y consumo de bebidas embriagantes en establecimientos comerciales desde las 6:00 p.m. del sábado 10 de marzo hasta las 6:00 a.m. del lunes 12 de marzo.
- No se permite la circulación de motocicletas con acompañante, desde las 6:00 p.m. del sábado 10 de marzo hasta las 6:00 a.m. del lunes 12 de marzo.
- Se prohíbe el transporte y disposición de escombros en las vías públicas, inmuebles y lotes particulares, así como el transporte de cilindros de gas y trasteos, desde las 6:00 p.m. del 10 de marzo y hasta 6:00 a.m. del 12 de marzo.
“Ya los actos administrativos, en donde se exponen las restricciones, están publicados. Invitamos a toda la comunidad a participar. Estas elecciones transcurrirán con total tranquilidad. Asimismo, hemos tenido el acompañamiento de la Organización de los Estados Americanos, OEA, y el Ministerio del Interior”, dijo Alba Navarro Fernández, secretaria del Interior.
Ver decretos 030 de 2018 y el 031 del 2018
Quienes infrinjan las prohibiciones previstas los presentes decretos, se harán acreedores a sanción de multa hasta de dos (02) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, ello sin perjuicio de las demás sanciones legales del caso en concordancia con el parágrafo primero del artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, que modifica el artículo 91 de la Ley 136 de 1994.
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Por: Félix Cristancho